Micelio
Auto26 de marzo de 2025

A- de 2025

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Calderon Figueroa Gloria Y Otro·Demandado Cabildo Indigena Del Resguardo De Ipiales Y Otros

Tema · dato duro
Querella Formulada Contra El Cabildo Indígena Y Junta De Acción Comunal Con El Fin De Proteger La Posesión Legítima De Inmuebles- No Se Acreditan Los Factores De Competencia Objetivo E Institucional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre la Inspección Segunda de Policía Municipal de Ipiales y el Cabildo Indígena del Resguardo de Ipiales, suscitado por una querella presentada contra el Cabildo Indígena del Resguardo de Ipiales y la Junta de Acción Comunal de la vereda El Placer del municipio de Ipiales, para que se proteja su posesión legítima sobre los inmuebles ubicados en el sector rural de la vereda El Placer del municipio de Ipiales, se restituyan e impongan medidas de corrección.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena analiza en forma ponderada los elementos establecidos por la jurisprudencia para asignar la competencia.

El factor personal se acredita respecto del Cabildo Indígena, que reclama el conocimiento, pero no de la Junta de Acción Comunal de la vereda.

Se cumple el factor territorial: Los bienes inmuebles están ubicados en la zona rural de una vereda del municipio de Ipiales, dentro del territorio del Resguardo.

El factor objetivo no define la solución del conflicto, pues ambas sociedades tienen interés por conocer procesos policivos por perturbación a la posesión.

No se satisface el factor institucional: El Resguardo cuenta con una institucionalidad que juzga las conductas, un reglamento interno y autoridades que aplican la estructura de justicia.

Pero, la Sala no logró persuadirse de la imparcialidad del Resguardo para resolver, porque él es uno de los sujetos querellados y, no se evidenció que estas conductas sean objeto de reproche, ni la existencia de medidas de reparación como garantía de derechos de los querellantes.

Se asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria Civil.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Inspección Segunda de Policía Municipal de Ipiales y el Cabildo Indígena del Resguardo de Ipiales y DECLARAR que la Inspección Segunda de Policía Municipal de Ipiales es la autoridad competente para conocer la querella seguida en contra del Cabildo Indígena del Resguardo de Ipiales y la Junta de Acción Comunal de la vereda El Placer del municipio de Ipiales.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6146 a la Inspección Segunda de Policía Municipal de Ipiales para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades indígenas del Cabildo Indígena del Resguardo de Ipiales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.